Argelia: cambio de criterios microbiológico
La siguiente información llegó a través de nuestra Embajada en Argelia.
De acuerdo a lo que nos informan, el día 2 de julio han entrado en vigor los nuevos criterios microbiológicos para productos alimenticios, los cuales habían sido establecidos por el Decreto Interministerial del 4 de octubre de 2016 (el cual se adjunta).
Conforme a la información recibida, el mencionado Decreto modifica los criterios microbiológicos de diversos productos, que se encuentran detallados en el punto 15 del anexo 1 del Decreto. Los productos abarcados por la nueva normativa son los siguientes:
• Productos lácteos: quesos, leche en polvo, leche cruda leche pasteurizada, leche UHT, yogurts, manteca, crema de leche, caseína
• Carnes: bovina, aviar, ovina
• Productos de la pesca: moluscos, crustáceos, pescados congelados, productos a base de pescado
• Grasas animales y margarina
• Conservas: alimentos para bebés; Semi conservas de origen vegetal o animal
• Harinas y productos de panadería: harinas, sémolas, cuscús, pastas, galletitas.
• Cereales destinados al consumo directo (no a la transformación)
• Bebidas: jugos de frutas y verduras, agua mineral, bebidas gaseosas
• Frutas y verduras: frescas y secas (higos, dátiles, ciruelas pasas, pasas …)
• Infusiones (tés, hierbas secas, aromáticas, café) y especias
• Semillas: semillas germinadas listas para ser consumidas, brotes; Semillas oleaginosas (nueces, almendras, maníes …)
• Ovoproductos: huevos frescos, huevos en polvo, preparaciones a base de huevo, mayonesa
• Productos de confitería: chocolate y derivados (polvo, etc), helados, gelatinas, aditivos, azúcares para el consumo humano e industrial, sopas deshidratadas
• Vinagre
• Miel
Fuente: Subsecretaría de Mercados Agropecuarios del Ministerio de Agroindustria de la Nación
Nota: Los artículos de terceros publicados no necesariamente reflejan la opinión de la Cámara, su publicación intenta reflejar la diversidad de visiones.